a) Instalar y presidir la Asamblea General, el Plenum
Departamental y la Junta Directiva Central.
b) Convocar la Junta Directiva a sesiones ordinarias
y extraordinarias.
c) Informar por escrito de sus labores a la Junta
Directiva, a la Asamblea General y al Plenum
Departamental en sus
sesiones ordinarias, de todas las gestiones realizadas.
d) Proponer a la Junta Directiva, al Plenum
Departamental y a la Asamblea General, los acuerdos y reglamentos que
crea necesario para la mejor organización de la Asociación.
e) Firmar la correspondencia, las Actas una vez
aprobadas y tomar orden de retiro de fondos en asocio del Tesorero y el
Fiscal
f) Ordenar las cuentas de gastos determinadas y
ordenadas por la Junta Directiva, el Plenum Departamental o la Asamblea
General, de acuerdo con los presentes estatutos.
g) Dar cuenta a la Junta Directiva o al Plenum
Departamental cuando requiera separarse de su cargo accidental o
definitivo.
h) Comunicar a la División de Relaciones Colectivas
de Trabajo, en asocio del Secretario General, los cambios totales o
parciales que ocurrieren en la Junta Directiva.
i) Coordinar en asocio del Secretario General, la
acción y desarrollo de todas y cada una de las Secretarías.
j) Elaborar el orden del día de las respectivas
sesiones de la Junta Directiva y las del Plenum Departamental.
k) Coordinar en asocio con el Comité Organizador la
preparación de la Asamblea General de la Asociación.
l) Las demás que le asigne la Junta Directiva,
siempre y cuando no contravengan los presentes estatutos.